"..En las calles estudiantes reclamando sus derechos de aprender con dignidad y no endeudarse hasta el cuello.."
cantan Los Vasquez
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1.- Junto con suscribir el contrato de trabajo y la entrega de un ejemplar del mismo firmada por el empleador, al que comienza a vender su fuerza de trabajo se le debe entregar un reglamento interno de orden, higiene y seguridad, en toda empresa que tenga 10 o más trabajadores permanentes.
Este Reglamento, que comúnmente es ignorado por los trabajadores, contiene una serie de normas para el cuidado de los bienes y las medidas de seguridad en la empresa, pero también incorpora artículos sobre cómo solicitar el feriado, los diversos turnos que deben cumplirse, las horas extraordinarias y demás cuestiones propias de una relación contractual. Son muchos los casos en que los empleadores, a través del reglamento interno, buscan establecer obligaciones que van más allá de la legislación vigente y en muchas ocasiones hacen uso de estas para poner término a los contratos.
Por lo mismo no está demás reiterar a dirigentes y trabajadores que los reglamentos internos pueden ser impugnados como lo deja claramente establecido la legislación en el artículo 153 del código del trabajo. No hay un tiempo acotado después de recibido el reglamento para impugnar, por lo que es aconsejable darle una lectura al mismo y todo aquello que parezca contrario a la legislación puede reclamarse. Solo deben hacer una presentación ante la inspección del trabajo y estar atentos al trámite de la misma.
2.- Si en alguna ocasión se producen problemas, como complicaciones con el agua potable, servicios higiénicos, maquinarias o instrumentos en mal estado y similares y estos no son solucionados, se debe tener en claro que es una obligación de la empresa y también se puede reclamar por incumplimientos, considerando que muchas de esas cuestiones están instaladas en los reglamentos internos. En ese caso se presenta el reclamo a la empresa y se piden soluciones, al mismo tiempo que se pone la situación en conocimiento de los representantes de los trabajadores en el comité paritario. Si no hay una solución en un tiempo prudente - un par de semanas en un buen periodo de tiempo - se debe reclamar ante la inspección y pedir fiscalización, lo que se puede extender al seremi de salud en la zona. Si lo desean pueden reclamar de inmediato las fiscalizaciones, dependerá de lo que resuelva la organización.
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MANUEL AHUMADA LILLO
PRESIDENTE DE CGT CHILE
Nuestra fuerza la Unidad
Nuestra meta la Victoria