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"..Vuelvo, amor vuelvo, a saciar mi sed de ti, vuelvo, vida vuelvo a vivir en mi país.."
Illapu
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1.-
Ya son varios los meses en que hemos estado al pie del cañón en
nuestras oficinas, atendiendo de lunes a sábado en los horarios
habituales. Ahora, siendo rigurosos la organización jamás ha dejado de
funcionar, pese a las largas cuarentenas y las limitaciones en el
funcionamiento.
Los
dirigentes siempre estuvimos prestos a responder a todas las
inquietudes. Si bien es cierto algunos de nosotros estuvimos obligados a
mantenernos en nuestros hogares, con tiempo tomamos las medidas para no
perder los contactos y mantener activo y funcionando nuestro principal
departamento de trabajo, negociación colectiva.
Habilitamos
un wasap institucional 24/7 y promovimos con mucho éxito la realización
de asambleas y reuniones con directivas vía zoom. Aunque cambiamos las
líneas telefónicas estas prácticamente no se utilizan, y continúan
manteniéndose muy activos el wasap y zoom, del que hacen uso los
dirigentes de nuestros sindicatos afiliados, además de muchos no
afiliados que motivados por el programa de radio nos contactan y
solicitan asesoría.
Por
eso, no podemos menos que compartir con ustedes todo un proceso vivido
en estos días. Un auditor del programa radial, nos contactó para
indicarnos que un grupo de trabajadores le habían pedido ayuda para ver
como constituir un sindicato. La agradecimos la gestión y que los
enviara de inmediato.
Les
recibimos el martes 21 en la mañana y ya en la tarde del mismo día
estábamos entregándoles los antecedentes necesarios y nos pusimos a su
disposición como lo hacemos con todos aquellos que requieren respaldo.
Para quienes lo requieran entregamos nuevamente los elementos
fundamentales para poder hacer organización.
2.- En
las empresas con hasta 50 trabajadores pueden constituir sindicato 8 de
ellos, siempre que representen a lo menos al 50% del total de
trabajadores de la empresa.
En
las empresas con mas de 50 trabajadores pueden constituir sindicato 25
de estos, siempre que representen a lo menos al 10% del total de los
trabajadores de la empresa. Finalmente cualquiera sea el % que
representen, podrán constituir sindicato 250 o mas trabajadores en una
empresa.
También
se pueden constituir sindicatos interempresas y en estos elegir
delegados si hay un mínimo de trabajadores de una empresa en ellos,
además de sindicatos eventuales y transitorios.
Que
no se olvide, hay que ir a la Inspección para iniciar el proceso
solicitando el ministro de fe y para ello lo mejor es llevar el estatuto
listo, por lo que cualquiera organización sindical puede y debe ayudar a
confeccionar este documento.
Los
trabajadores que constituyen la organización sindical, contaran con
fuero desde los 10 días anteriores a la constitución del sindicato y
hasta 30 días después de esta.
Si se quiere , se puede. Vamos a organizar.
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Nuestra fuerza la unidad
Nuestra meta la Victoria
MANUEL AHUMADA LILLO
Secretario CGT CHILE