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"..Bajó del cielo desde una nube que era rosada y de corte audaz miró a la tierra, miró a su gente.."
canta Carlos Justiniano
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1.- No es un secreto que la información emitida por los medios de comunicación se entrega sesgada. Desde hace ya muchos años que los trabajadores no tienen siquiera la posibilidad de enterarse que sus pares en tal o cual área de producción y servicios están en conflicto, no son tema las demandas de los explotados. No son pocos los casos en que se tergiversa lo evidente y se entrega información deficiente o derechamente inexacta.
En el diario de cooperativa de ayer, 25 de diciembre a las 13.20 horas, la directora del trabajo entregó su particular punto de vista en lo que se refiere a los feriados irrenunciables y en su alocución se permitió negar hasta lo evidente, toda vez que expresó que dicho feriado solo corresponde a un sector de trabajadores y los demás están excluidos del mismo.
Uno puede entender un lapsus, más aún si quien lo comete es una autoridad que se supone está preparada para responder a las inquietudes de muchas personas y tiene la cabeza llena de cosas, pero otra cosa muy distinta es pasarse el semáforo en rojo y hacer como si nada pasó.
Esa es una negligencia inexcusable.
Somos obreros, trabajadores, cuyo norte principal es ayudar a nuestros hermanos y hermanas a conocer las leyes laborales y explicarles de qué manera, las mismas, los benefician o perjudican.
Hemos hablado con detenimiento de la exclusión y discriminación de un sector de trabajadores y resulta que la mentada ley de los feriados irrenunciables, vuelve a castigar al mismo sector. Así, los trabajadores de hoteles, restaurantes y clubes vienen a transformarse definitivamente en los parias de la legislación nacional. Y se trata de decenas de miles de personas que venden su fuerza de trabajo en todo el país.
2.- La ley 19.973 (dictada en el 2004) establece como feriado irrenunciable para los trabajadores del comercio (NO TODOS LOS TRABAJADORES DEL COMERCIO PARA QUE ESTEMOS DEFINITIVAMENTE CLAROS) por lo que estos no trabajarán los días 1 de enero, 1 de mayo, 18 y 19 de setiembre y 25 de diciembre.
Quedó fuera de esta norma un importante número de trabajadores, por lo que se dictó con posterioridad una norma complementaria, la ley 20.918 (mayo 2016) que junto con profundizar algunas discriminaciones a los trabajadores gastronómicos hoteleros - como la de legalizar los turnos cortados- estableció también que los inicialmente exceptuados totalmente del beneficio del feriado irrenunciable, podrán a contar de la entrada en vigencia de esta ley disfrutar del mismo feriado cada 2 años - respecto de un mismo empleador - lo que en pocas palabras implica que de la planta de trabajadores de una empresa, cada año al menos el 50% de los mismos podrá beneficiarse de la norma.
Todo esto lo omitió la directora del trabajo en su entrevista al diario de cooperativa y ciertamente quien la entrevistó también desconoce la ley.
Al cierre, no está demás decir que trabajadores como los guardias de seguridad y muchos de los exceptuados del descanso dominical, tampoco tienen acceso a este tipo de feriados.
¿Leyes solo para algunos, discriminación, exclusión o falta de rigurosidad al dictar las leyes?.
En nuestras manos está terminar con todo esto. Solo hay que educarse en los derechos y organizarse .
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Nuestra fuerza la unidad
Nuestra meta la Victoria
MANUEL AHUMADA LILLO
Departamento de Propaganda y Difusión