PULSO SINDICAL DIARIO DE LA CGT CHILE
19 DE MARZO DE 2021
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"..Hace
tiempo no río como hace tiempo y eso que yo reía como un jilguero,
tengo cierta memoria que me lastima y no puedo olvidarme lo de
Hiroshima.."
Victor Heredia
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En
aquellas empresas en que no exista contrato colectivo, se puede
presentar un proyecto en el momento en que los trabajadores lo estimen
conveniente, salvo que el empleador haya notificado por escrito a la
Inspección del Trabajo y a ellos, la declaración de un periodo no apto
para iniciar negociaciones, período que no puede ser mas de 60 días en
un año calendario.
Hay
que tomar todos los resguardos necesarios para impedir la filtración
del proyecto antes de tiempo, y hacer los esfuerzos para que la mayoría
de los trabajadores lo conozcan y puedan incorporarse a él.
2.- Con la reforma laboral del 2017 se instalaron lo que llaman " Servicios minimos y equipos de emergencia.
Se
refiere a aquellos servicios estrictamente necesarios para proteger los
bienes corporales e instalaciones de la empresa y prevenir accidentes,
así como garantizar la prestación de servicios de utilidad pública, la
atención de necesidades básicas de la población (vida, seguridad y salud
de las personas) y para garantizar la prevención de daños ambientales o
sanitarios.
La
ley habla de ‘calificación’, lo que implica que la empresa dice donde
deberá haber servicios mínimos y la cantidad y calificación de los
trabajadores que los cumplirán.la Siempre serán trabajadores que
participan de la negociación. Los servicios mínimos y los equipos de
emergencia serán propuestos, por escrito, por la empresa al o a los
sindicatos.
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Nuestra fuerza la Unidad
Nuestra meta la Victoria
MANUEL AHUMADA LILLO
Secretario C.G.T. CHILE