PULSO SINDICAL DIARIO DE LA CGT CHILE
08 febrero 2023 

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"..Simón Bolivar Simón nació de tu Venezuela y por todo el tiempo vuela como candela tu voz.." 
       canta Inti Illimani
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1.- 
La negociación colectiva está llena de insuficiencias o cuestiones poco claras que, invariablemente, terminan perjudicando a los trabajadores. Ya lo hemos expuesto con suficientes detalles respecto de lo que afecta al sindicato CISROCO, donde un plazo de pronunciamiento de la autoridad establecido en 45 días llegó a durar 4 meses, e incluso ahora y pese a la premura con la que se supone se debe actuar ante una negociación colectiva, el director nacional del trabajo se ha tomado más de un mes y aún no se pronuncia, por lo que podríamos llegar a ¡¡medio año!! de tramitación burocrática. 
Y sin embargo no se trata de un hecho aislado, o de algo que por falta de celo se pasó en la discusión de la ley. Por eso vamos a comentar la lectura del artículo 335 del Código del trabajo, pues también mueve a engaño, particularmente a quienes por primera vez participan en un proceso de negociación colectiva. El inciso primero del artículo en cuestión dice claramente que "la respuesta del empleador al proyecto deberá entregarse dentro de los diez días siguientes a la presentación del mismo" y para reafirmar esto  indica en el mismo inciso que "las partes podrán prorrogar este plazo hasta por diez días adicionales".  Cualquier dirigente entiende que la empresa tiene un plazo determinado y solo se puede exceder el mismo si es que hubiera acuerdo de las partes. Sin embargo, más adelante, la misma legislación se desdice o relativiza esta parte del proceso pues en el artículo 337 inciso primero indica que, "si no se responde oportunamente el proyecto se sancionará con una multa al empleador", o sea, no tiene diez días para responder, solo será multado por exceder los diez días y solamente, según el inciso segundo del artículo 337, "si llegado el vigésimo día desde la presentación del proyecto sin darle respuesta se entenderá que lo acepta". Cuestiones que la ley debería cambiar pero de las que ni hablamos, por no considerarlas importantes.


2.- 
Y ya que estamos escribiendo sobre negociación vaya un llamado de alerta sobre las peticiones patronales de prorrogas durante la negociación. O son para dilatar o buscan salir de un problema y por eso recurren a las prorrogas diciendo que tienen que estudiar mas su respuesta y finalmente nos dan con la puerta en las narices. 
Si estamos claros en lo que queremos, si nos han ignorado toda la vida, si no respondieron en los plazos o no han avanzado nada en lo que se les pidió, ¿porque les vamos a dar prorrogas?. ¿para que se sigan riendo de nosotros?
Si estamos listos para dar la pelea, no hay prorroga no mas, o avanzamos o hacemos efectiva la huelga. Y punto.
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MANUEL AHUMADA LILLO PRESIDENTE DE CGT CHILE
                                               Nuestra fuerza la Unidad                                               Nuestra meta la Victoria