Pulso Sindical Diario de la CGT Chile - 22 febrero 2023

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"..Y ahora me importa una mierda porque vivo a mi manera y la gente me critica porque no tengo bandera.." 
         canta Arpaviejas 
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1.- No es cierto eso de que el verano no hay problemas, siempre los hay y lo que los trabajadores necesitan es que siempre haya una organización capaz de responder a sus dudas y preocupaciones.

Seguimos trabajando toda la semana, atendiendo asambleas en sábado e incluso algunas en domingo.  Cierto es que quisiéramos cerrar por algunos días pero no podemos hacerlo y nos arreglamos de alguna manera para estar presentes. 

Y ha sido muy bueno porque siempre hay cosas que aclarar, como esta de cuando se aplica al autodespido.

Partamos por dejar claro que autodespido es lo que permite a un trabajador dar por terminada la relación de trabajo cuando el empleador no cumple con lo establecido en el contrato de trabajo. Se puede recurrir al autodespido si se dispone de suficientes elementos para probar acoso laboral cometido por el empleador. 


2.- También cuando la empresa no le ha pagado las imposiciones, no paga las remuneraciones a tiempo y regularmente. También el Código establece en el artículo 171  que si quien incurriere en las causales de los números 1,5 ó 7 del artículo 160 fuere el empleador, se puede poner término al contrato.

Como ven, llegar con información clara y a tiempo a los trabajadores provocará la recuperación de la confianza en el sindicato y su rol, por eso las organizaciones deben funcionar siempre.

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Nuestra fuerza la Unidad 
Nuestra meta la Victoria