****
"... Pienso en ti, mi vida pienso en ti, en ti compañera de mis días y del porvenir..."
Victor Jara
***
1.-
El innombrable, hace poquito destituido como ministro de salud, se
pavoneaba ante las cámaras diciendo que todos los días lo llamaban de
distintos países, para conocer de su boca como le estábamos ganando a la
pandemia, y desde la OMS le consultaban como lo hacía para mantener el
virus a raya.
El
títere de la OMS-OPS en Chile diciendo en todos los canales de TV, que
aquí si lo estaban haciendo bien. Hoy resulta que entre muertos por
COVID y otros que podrían ser COVID también, pasamos los 7.000
fallecidos.
Y
pese a que un bajo % de los detenidos es infractor de la cuarentena,
con el apoyo del parlamento se dicta una ley para aumentar hasta en $10
millones las multas y cárcel de 3 y hasta 5 años a los que se la saltan.
La
gran mayoría de estos infractores resultan ser pobres, que hacen lo
imposible por buscar algún ingreso para alimentar a sus familias.
Esa
es la calidad de gobierno y parlamento que tenemos, por lo que toda
acción de denuncia y protesta de la población - tomando todas las
medidas para cuidarse de no contraer el virus - no solo debe ser
saludada sino también promovida.
El
ejemplo de lucha y gestión en una de las ollas comunes en Renca, que ha
sido mostrado en la televisión, debe servir de guía para la acción de
nuestros compatriotas.
No podemos seguir quedándonos con la información y gestión del gobierno, pues es deficiente e incluso nula.
Cómo estaba escrito en un letrero de la olla común citada", SOLO EL PUEBLO AYUDA AL PUEBLO. Apoyar con mercaderías o platita las ollas comunes es un deber ineludible.
2.- Los trabajadores deben tener algunas cosas claras.
Mientras
dure el estado de catástrofe y si la empresa donde trabajan está en
suspensión de empleo, no podrán ser despedidos por necesidades de la
empresa y tampoco por caso fortuito o fuerza mayor.
El despido por necesidades de la empresa solo aplica a quienes no están suspendidos de empleo.
La
suspensión del empleo no anula antigüedad y el cálculo del finiquito
debe hacerse con la remuneración vigente al momento de la suspensión.
Si
terminará el estado de catástrofe y al dia siguiente le notificarán de
despido por necesidades de la empresa, deberán pagarle en mes de sueldo o
notificarle el despido con 30 días de anticipación.
Aunque pocos, el trabajador tiene derechos. Conocerlos y hacerlos valer es una obligación irrenunciable.
MANUEL AHUMADA LILLO
Presidente Central Clasista de Trabajadores y Trabajadoras
Secretario C.G.T CHILE