PULSO SINDICAL DIARIO - 1 DE ABRIL DEL 2020

Saludos compañeras y compañeros, desde hoy y mientras estemos en esta emergencia buscaremos entregar opiniones diarias sobre diversos tópicos que nos atañen.
 
Debe quedar claro que estamos en malas condiciones pero no derrotados ni muertos, por lo mismo debemos insistir majaderamente en la necesidad de construir organización.
 
Pudimos no haber parado todos estos mazazos, pero si hubiésemos tenido a millones de trabajadores organizados y de pie defendiendo sus derechos, otro gallo habría cantado y el gobierno y los patrones no se estarían sobando las manos.

1.-       La dirección del trabajo emitió el dictamen 1283/006 de fecha 26 de Marzo del 2020 en el que señala que si por  determinada razón no se cumple con las obligaciones pactadas en el contrato no hay obligación de pagar la remuneración. No obstante ser categórica la conclusión (por favor, no olviden que la Dirección del Trabajo es una institución que responde al gobierno de turno) al final del dictamen se deja claro que corresponderá a los tribunales dirimir cualquier contienda que se presente.
 
Que implica lo anterior? Que en su momento los trabajadores y sus organizaciones deberían llevar los casos en qué se sientan perjudicados a tribunales.

2.-       Es por eso que se dicta una ley que han llamado de “Protección al empleo”. Con ella se entrega a los patrones facultad legal para suspender el empleo. Ya no tendrán nada que hacer los tribunales.
Atención, queremos reiterar que dicha ley incluye artículos que facultan la rebaja de la jornada de trabajo hasta en un 50% y por ende de la remuneración en el mismo porcentaje.

3.-       Que queda a los organizados?
Buscar la recuperación de lo quitado "legalmente" por la vía de conversaciones y la negociación colectiva.
 
En efecto, además de iniciar gestiones para que se pague los sueldos sin variaciones a cambio de recuperar las horas no trabajadas una vez terminada la emergencia,  utilizando las normas relativas a horas extraordinarias (no más de 2 horas por día) los sindicatos deben valorizar lo perdido durante la crisis y recuperarlo en la negociación colectiva, podrá llamarse "bono COVID 19" o como quieran ponerle pero el objetivo es recuperar en 1 o más pagos lo que se descontó durante la crisis.

Finalmente, por hoy, dejar muy en claro que la lucha no se frena ni se suspende, más allá de las trabas que se instalan.
 
a)        En el sector Oriente de Santiago presentamos hace unas semanas un proyecto de contrato colectivo. Al llevarlo a la Inspección del Trabajo se le dijo al dirigente que había un dictamen que prorrogaba estos procesos. Dimos la alarma, reclamamos y pronto  se nos dijo desde la autoridad que era solo "una sugerencia".
 
No hay tal dictamen, y si estamos de acuerdo con la prórroga, esta se debe realizar una vez que se inicie el proceso de negociación.

b)        En una Inspección del Trabajo en la V Región solicitamos ministro de fe para votar una huelga en estos días. Los funcionarios dijeron al sindicato que la mejor solución era acogerse al artículo 342 del código de trabajo (suscribir un colectivo con las mismas especificaciones que el vigente aunque sin reajustes, por 18 meses), razón por la que cursamos los reclamos correspondientes y finalmente se les dio inspector para votar la huelga.
 
La empresa, enterada de la resolución de sus trabajadores se abrió a conversar sobre los 2 puntos nuevos presentados, reajuste de $ 30.000 en sus sueldos y aumento del bono de locomoción.
 
Lo conseguirán?     Dependerá de la decisión de los trabajadores, quienes hasta ahora han demostrado estar firme junto a sus demandas y su organización.

Conclusión, no está derrotado quien pelea y si la pelea la da la organización hay más posibilidades de avanzar.


MANUEL AHUMADA LILLO
Presidente Central Clasista de Trabajadores 
Secretario C.G.T. CHILE