PULSO SINDICAL DIARIO DE LA CGT CHILE 30 abril 2023

PULSO SINDICAL DIARIO DE LA CGT CHILE
30 abril 2023 

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"..Yo soy quien levanta el sol yo soy quien acuesta el sol yo lo soporto en el lomo pa' que uste' viva mejor.
          canta Alí Primera 
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ALGUNAS OPINIONES INICIALES - LEY DE LAS 40 HORAS - parte 3 y final


1.-
En el mismo inciso segundo del artículo 22 bis, se dice que el empleador comunicará al trabajador la alternativa que se aplicará en el ciclo siguiente, con al menos una semana de antelación al inicio de éste.
Esto nos indica que puede haber más de un ciclo, que cada ciclo tiene una distribución de la jornada diaria y semanal que puede no ser la misma entre uno y otro ciclo, y que para cambiarla solo bastará avisar con una anticipación de una semana al vencimiento del ciclo. 
¿ Podrían ser muchos los ciclos y estos pueden ser por una, dos , tres y cuatro semanas?. Ya nos clarificará esto la dirección del trabajo, pero es claro que habrá muchas alternativas de jornada diaria y semanal y eso recibe el nombre de flexibilidad horaria.

2.- El inciso tercero del artículo 22 bis dice que si el trabajador al que se aplique lo anterior está sindicalizado, se requerirá el acuerdo previo de la organización a la que se encuentra afiliado 
Mucha atención, pues esta facultad - establecer un sistema de jornada horaria semanal con múltiples variantes - puede ser impuesta a todos aquellos trabajadores que no tienen sindicato, aunque también se abre la puerta para que en determinadas situaciones los sindicatos si puedan validar este sistema de distribución de la jornada de trabajo semanal, como claramente lo deja establecido este inciso. 

Finalmente el inciso quinto y último del artículo 22 bis, indica que mediante negociación colectiva o pactos directos con sindicatos sólo respecto de sus afiliados, se podrá acordar que el tope semanal  contemplado en el inciso primero (hasta 2 jornadas de 45 horas semanales) se amplíe hasta 52 horas aplicándose criterio de incisos anteriores,
Esto quiere decir que podrían establecerse 2 semanas de 52 horas y 2 semanas de 28 horas. En cualquier caso ninguna de estas últimas 2 semanas puede superar las 40 horas 
Pudimos haber cometido algún error en este análisis que hicimos junto a dirigentes y socios de diversos sindicatos. Seguiremos escudriñando junto a nuestros abogados para una total comprensión.
Pero no queda tan claro que sea una ley que vaya a beneficiar a los trabajadores.
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MANUEL AHUMADA LILLO PRESIDENTE DE CGT CHILE
Nuestra fuerza la Unidad 
Nuestra meta la Victoria