PULSO SINDICAL DIARIO DE LA CGT CHILE
18 febrero 2025
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".. Chiribiribiribiri chiribiribirbón a la beata le gustaba con el fraile la cuestión.."
canta Victor Jara
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El día sábado es considerado siempre inhábil.
Es ilegal recibir compensación en dinero por las vacaciones. En caso de despido o renuncia las vacaciones deben pagarse en el finiquito.
Sólo se puede acumular "por acuerdo de las partes", dos períodos. En todo caso si se acumulan más de 2, el trabajador no pierde el primero.
Si trabaja de lunes a viernes, está disfrutando sus vacaciones y entremedio hay un feriado, debe saltarse ese día y ampliar las vacaciones en un día.
2.- Si está disfrutando de su feriado y tiene un accidente que implique licencia médica, el feriado se suspende hasta el término de la licencia.Terminada esta sigue el feriado.
Si está de vacaciones y se inicia la huelga en el proceso de negociación colectiva en el que usted participa, el feriado se suspende hasta el término de la huelga.
Para el feriado progresivo, el trabajador debe solicitar a la AFP el certificado que acredita que tiene 10 años de servicios con uno o más empleadores, pasados o presente. Así, cada vez que cumpla tres años con un mismo empleador, ganará un día adicional a los 15 señalados en la legislación.
En caso de término de relación laboral cualquiera sea la causal que la provoca, aunque el trabajador aún no haya cumplido un año de trabajo, ha acumulado vacaciones desde el primer mes de trabajo, lo que significa que tiene un día y cuarto (1,25) por cada mes trabajado.
Conozca y difunda estos derechos, vale la pena.
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MANUEL AHUMADA LILLO PRESIDENTE DE CGT CHILE
Nuestra fuerza la Unidad
Nuestra meta la Victoria