PULSO SINDICAL DIARIO DEL 10 DE SEPTIEMBRE DE 2026
PULSO SINDICAL DIARIO DEL 09 DE SEPTIEMBRE DE 2026
PULSO SINDICAL DIARIO DEL 09 DE SEPTIEMBRE DE 2026
Manuel Ahumada L.
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"..y en el frente, honor y gloria brilla hermoso Luís Emilio.."
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SEGUNDA PARTE Y FINAL
Dice la información que la OIT está integrada por 187 Estados, de los cuales sólo 46 han ratificado el convenio 1.
También informa que hay países que con anterioridad a la existencia de la OIT establecieron la jornada de 8 horas diarias en sus legislaciones y estos son: Cuba (1909), Panamá (1914), Uruguay (1915) y la URSS (1917).
Los trabajadores no podemos olvidar que un acuerdo de las organizaciones sindicales de Estados Unidos y Canadá convocó a una huelga general para demandar la jornada de 8 horas diarias de trabajo, 8 horas de descanso y 8 horas de recreación.
Pero también debemos tener claro que Canadá y Estados Unidos no han ratificado el Convenio 1.
De la misma manera sería bueno iniciar una campaña para que la CUT - que mayoritariamente asiste a la OIT todos los años - y el gobierno, nos indiquen porque si no se ha denunciado el convenio 1, no existe en el Código del Trabajo en Chile, una jornada de 8 horas diarias desde 1978.
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Nuestra fuerza la Unidad
Nuestra meta la Victoria
PULSO SINDICAL DIARIO DEL 08 DE SEPTIEMBRE DE 2026
PULSO SINDICAL DIARIO DEL 08 DE SEPTIEMBRE DE 2026
Manuel Ahumada L.
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".. La tristeza de mi pueblo será convertida en fuerza.."
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PULSO SINDICAL DIARIO DEL 04 AL 07 DE SEPTIEMBRE 2026
Eran pasadas las 7 de la tarde del 4 de septiembre de 1970, cuando apareció con una cara muy larga un representante del gobierno de Eduardo Frei Montalva, para decir que, según los cómputos disponibles, la primera mayoría de la elección presidencial la tenía Salvador Allende. Todo fue fiesta desde ese momento. Cantos, gritos de alegría por todos lados.
PULSO SINDICAL DIARIO
PULSO SINDICAL DIARIO
Manuel, Ahumada L.
03 septiembre 2026
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"..se agitaba su sangre y nacía el sindicato, empezaba a vibrar la prensa obrera.."
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Como existen plazos para demandar en caso de "declaración y no pago de imposiciones", las empresas comienzan a utilizar formas distintas de apropiarse de lo que no les corresponde.En efecto, nos hemos encontrado con muchos casos en que los patrones declaran y no pagan por 3 o 4 meses las imposiciones, luego hacen algunos pagos y posteriormente vuelven a incurrir en el no pago por los mismos o incluso mayor cantidad de meses.
Así van evadiendo normas legales demasiado amplias y se dedican a utilizar dineros que no les pertenecen, para endeudarse o especular y si hay perdida el gran perjudicado es el trabajador.
Ante esta situación, la mejor recomendación que podemos dar a los trabajadores es estar revisando periódicamente sus saldos y en cuanto detecten infracciones de este tipo pidan una fiscalización a la inspección del trabajo respectiva, y luego solicitar a la AFP inicie acciones de cobranza.
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Nuestra fuerza la Unidad
Nuestra meta la Victoria
PULSO SINDICAL DIARIO DE LA CGT CHILE
PULSO SINDICAL DIARIO DE LA CGT CHILE
Manuel Ahumada L.
02 septiembre 2026
¿Y cómo van a pelear entonces si no tienen un punto de referencia?
Pasada la cuarta parte del siglo XXI la flexibilidad es tal que no se habla de 8 horas diarias de trabajo, y sin embargo esto de las 8 horas diarias ya estaba en el código del trabajo de 1924, hace ya !!102 años¡¡.
Claro que había que bajar la jornada semanal de 38 horas, pero no de la forma en que lo han hecho.
PULSO SINDICAL DIARIO DEL 01 DE SEPTIEMBRE 2026
PULSO SINDICAL DIARIO DEL 01 DE SEPTIEMBRE 2026
Alegrías y penas es septiembre, para quienes vivimos el pre y el post de la llegada de un gobierno popular al poder.
Muchos errores pudieron cometerse pero nada justifica la saña, maldad y crueldad con la que actuaron desde antes del golpe artero, los promotores y gestores del mismo.
Y quizás desde allí entramos a vivir en una dimensión extraña, tanto que elegimos para encabezar el proceso de retorno, justamente a uno de los principales instigadores del accionar militar facista.
Desde ahí que se vienen haciendo las cosas mal,. tanto, que una ley de 1990 que abre la puerta a la indemnización a todo evento por un plazo determinado de años, hoy es enarbolada por quienes quieren aplicar un plan militar en democracia y privar de este derecho a los trabajadores. Nuevamente un doloroso septiembre, con la carga de penas y la repetición de consignas, sin propuesta ni proyecto con el que reencantar a las masas populares.
Y los años seguirán pasando
PULSO SINDICAL DIARIO DEL 28 AL 31 DE AGOSTO
10) En el año 2002 se publicó nuevamente un Código del Trabajo, incorporando todas las modificaciones y normas dictadas hasta entonces.
El criterio respecto de la jornada ordinaria, la cantidad de días en que se trabajan y el límite diario es el mismo de 1987.
Nuestra fuerza la Unidad
Nuestra meta la Victoria
29 agosto 2026
11) Luego de una larga tramitación y de muchos cambios en relación a lo que planteaba el proyecto original presentado en el año 2017, el 26 de abril de 2023 se publicó en el Diario Oficial la ley N° 21.561, que modifica el Código del Trabajo y que reduce la jornada laboral a 40 horas.
Por cierto, es un paso adelante en cuanto a la disminución de la jornada semanal. No obstante, la ley en cuestión hace algunas innovaciones respecto de la forma en que se va a distribuir esta jornada semanal y es menester poner mucha atención a estos cambios pues -en nuestra opinión- se integran algunas innovaciones que modifican la estructura de la norma, luego de 96 años desde que se dictara el primer Código del Trabajo en Chile. En efecto, desde sus orígenes y hasta antes de esta última reforma que disminuye la jornada a 40 horas, se estableció con rigurosidad que la jornada de trabajo sería semanal, de 48 horas (desde 2005 de 45 horas) y distribuida en 5 o 6 días por semana.
Es más, y como lo hemos explicado, hasta 1973 se establecía también que la jornada sería de 8 horas diarias, salvo las excepciones que hacía la ley, pero que no anularon el principio de jornada semanal y de jornada diaria a cumplir por los obreros y empleados de entonces. Los cambios establecidos por la dictadura y los gobiernos posteriores a ella, si bien terminaron con la jornada diaria mantuvieron el criterio de que la jornada semanal no excedería de un límite, más allá de las excepciones establecidas.
Sin embargo, con la última reforma se innova y, en nuestra opinión, esto va en contra de las aspiraciones de los trabajadores, pues flexibiliza en exceso la jornada de trabajo, para que los patrones saquen el máximo provecho de ello.
30 agosto 2026
Se nos quedó el maleficio de brindar al extranjero nuestra fe, nuestra cultura, nuestro pan, nuestro dinero, y les seguimos cambiando oro por cuentas de vidrio y damos nuestras riquezas por sus espejos con brillo. Hoy, en pleno siglo veinte (veintiuno) nos siguen llegando rubios y les abrimos la casa y les llamamos amigos, pero si llega cansado un indio de andar la sierra, lo humillamos y lo vemos como extraño por su tierra.
Tú, hipócrita que te muestras humilde ante el extranjero, pero te vuelves soberbio con tus hermanos del pueblo.
Oh, maldición de malinche enfermedad del presente ¿cuándo dejarás mi tierra? ¿cuándo harás libre a mi gente?
Es parte de una canción escrita por Gabino Palomares – interpretada por Amparo Ochoa y está plenamente vigente.
Y se vinieron a Chile en un año en que hicieron grandes esfuerzos para ajustar agendas y dejar por algunas semanas sus vidas, hogares y empleos para venir a regalarnos con su música.
Contundente presentación en "Abril Cuecas mil", toda una tradición ya en San Bernardo, para continuar con actuaciones en otros lugares de su Chile y finalmente el retorno a su país de adopción, tocando hasta que la pandemia detuvo todo.
Hace algunos meses llenaron un salón con un retorno que no sabemos si será permanente, pero sí tenemos claro que Los Ases de la Cueca, autores de la cueca de la CGT ,están para siempre en nuestro corazón de trabajadores.
PULSO SINDICAL DIARIO DEL 27 AGOSTO DE 2026
PULSO SINDICAL DIARIO DEL 27 AGOSTO DE 2026
Manuel Ahumada L.
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"..desde un mantel importado y un vino añejado se lucha muy bien.."
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LA JORNADA DE TRABAJO EN CHILE -6
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8) Es en el año 2001. cuando se aprueba una rebaja de la jornada de trabajo a 45 horas semanales, mediante ley que entra en vigencia en diciembre de 2001, aunque será a través de una rebaja parcial y esas 45 horas se concretarán definitivamente en 2005. Con todo, la legislación no varía en cuanto al criterio de aplicación de la jornada diaria, ya que no establece la jornada de 8 horas diarias, manteniendo el criterio establecido desde 1987, por lo que la jornada ordinaria de trabajo podrá distribuirse en no menos de 5 ni más de 6 días en la semana, así como que la jornada ordinaria diaria no podrá superar las 10 horas. Cierto es que si esta jornada se trabaja en 6 días será de 7,5 horas por día, pero no es algo obligatorio para todos los trabajadores.
Por lo demás y de pactarse en cinco días, serán 9 horas diarias de trabajo.
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Nuestra fuerza la Unidad
Nuestra meta la Victoria
PULSO SINDICAL DIARIO DEL 26 DE AGOSTO DE 2026
PULSO SINDICAL DIARIO DEL 26 DE AGOSTO DE 2026
Manuel Ahumada L.
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"..desde una mesa repleta cualquiera decide aplaudir.."
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LA JORNADA DE TRABAJO EN CHILE -5
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7) En el Diario Oficial, el 24 de enero de 1994, se publicó el nuevo Código del Trabajo que consideró todas aquellas leyes dictadas entre 1990 y 1993. Sobre el tema que analizamos, se mantuvo la jornada semanal y su distribución tal y como la estableció la dictadura en 1987, cambiando solo los números de los respectivos artículos. En un boletín oficial de la Dirección del Trabajo edición 1999 – 2000, queda claro que sobre el tema en comento no existe variación.
Esto implica que sigue siendo la jornada de 48 horas semanales con diversas exclusiones (sectores que deben trabajar más allá de esta jornada), que la misma puede distribuirse en 5 o 6 días y en ningún caso la jornada ordinaria podrá exceder de 10 horas por día.
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Nuestra fuerza la Unidad
Nuestra meta la Victoria
PULSO SINDICAL DIARIO DEL 22 AL 25 DE AGOSTO DE 2026
PULSO SINDICAL DIARIO DEL 22 AL 25 DE AGOSTO DE 2026
Manuel Ahumada L.
22 agosto 2026
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LA JORNADA DE TRABAJO EN CHILE 1
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1) En 1924, en Chile se dicta la ley 4053, que indica en su artículo 11: “La duración del trabajo ordinario efectivo de cada brero, de uno u otro sexo, no podrá exceder de ocho horas por día o de cuarenta y ocho horas por semana. (Esto porque existe una norma que permite al trabajador usar media jornada y pagarla durante la semana).
2.- También en 1924, la ley 4059 establece en su artículo 10 que: “La duración del trabajo de los empleados será hasta de cuarenta y ocho horas semanales, que se distribuirán en jornadas hasta de doce horas”. Esta misma ley establece para los empleados la indemnización por años de servicio, derecho del que estaban privados los obreros.
Podrán constatar entonces que en 1924 había jornadas de trabajo distintas para obreros y empleados. En el caso de los obreros se acerca a lo establecido por la OIT, en el caso de los aun es insuficiente.
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Nuestra fuerza la Unidad
Nuestra meta la Victoria
23 agosto 2026
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"..pero se sabe que entre los ciegos el tuerto suele mandar.."
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LA JORNADA DE TRABAJO EN CHILE - 2
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La ley también determinó que habría un día de descanso a la semana y que ese sería el domingo, salvo claras y especificas excepciones, que se fueron ampliando en el tiempo.
4) Los artículos citados con antelación se mantienen a futuro, salvo algunos cambios en la redacción y en el número del artículo, además de excepciones que no alteran el fondo.
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Nuestra fuerza la Unidad
Nuestra meta la Victoria
24 agosto 2026
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"..que se disfraza de barricada De los que nunca tuvieron nada.."
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LA JORNADA DE TRABAJO EN CHILE -3
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5) En el año 1978 se dicta el D.L. 2.200, que introduce normas regresivas para los trabajadores (aunque siendo claros desde el golpe de estado de 1973 que se habían comenzado a derogar disposiciones). Aquí se introducen 2 importantes modificaciones.
Se termina con la calificación de “obreros y empleados” llamando a todos “trabajadores” y se elimina la jornada de 8 horas diarias de trabajo En efecto, el 1 de mayo de 1978 el Decreto Ley 2200 establece en el articulo 34 que: “La duración de la jornada ordinaria de trabajo no excederá de 48 horas semanales”, manteniendo y ampliando las exclusiones que ya estaban vigentes. Además, establece en el artículo 39 del texto citado lo siguiente: “El máximo semanal establecido en el artículo 34 no podrá distribuirse en más de 6 días ni exceder de 12 horas diarias”.
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Nuestra fuerza la Unidad
Nuestra meta la Victoria
25 agosto 2026
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"..viva el harapo señor y la mesa sin mantel.."
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LA JORNADA DE TRABAJO EN CHILE - 4
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6) Modificaciones siguieron produciéndose en la medida que pasaban los años, hasta llegar a la reunión de leyes y textos en un nuevo código del trabajo, en 1987. En éste, el anterior artículo 34 ya citado pasa a ser artículo 23, manteniendo misma lectura (la jornada de trabajo no excederá de 48 horas semanales) y se incorpora un nuevo artículo 27 que viene a aminorar el golpe del artículo 39 antes citado, indicándose que: “el máximo semanal establecido en el inciso primero del artículo 23 no podrá distribuirse en más de seis días ni en menos de cinco días. En ningún caso la jornada ordinaria podrá exceder de 10 horas por día.” Con esta legislación llegamos al proceso llamado “recuperación de la democracia”.
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Nuestra fuerza la Unidad
Nuestra meta la Victoria
PULSO SINDICAL DIARIO DEL 14 AL 17 DE AGOSTO 2026
14 agosto 2026
15 agosto 2026
16 agosto 2026
que se pueden dar durante la discusión del proyecto de contrato colectivo.
Hasta el trabajador menos preparado tiene claro que en este proceso se confrontan dos propuestas distintas y que si no se cumplen ciertas condiciones - como contar con un buen número de socios en el sindicato - el resultado de la negociación puede no ser bueno. Sabemos que muchas reuniones serán poco provechosas, pero jamas dejaremos de participar si nos invitan, aunque tampoco iremos a una conversación dispuestos a no quebrar huevos.
Tenemos la obligación de exponer aquellas cosas que justifican nuestras peticiones, aunque estas sean ignoradas o molesten a los representes de la empresa. El resultado final será decisión de la asamblea, pero si continuamos sin generarnos condiciones económicas y psicológicas para afrontar una huelga, se continuaran suscribiendo contratos colectivos que no nos dejen satisfechos.
Por eso lo mejor es decirnos claramente las cosas y hacer cambios.
17 agosto 2026
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